El Perú es una república democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible. El gobierno es unitario, representativo y descentralizado y se organiza conforme al principio de la separación de poderes que define a los regímenes democráticos.
La estructura del Estado y de los órganos de gobierno, así como los derechos y deberes de los ciudadanos, están consagrados en la Constitución de la República de 1993. La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. La Constitución garantiza a todos los ciudadanos y las personas que se encuentran en el territorio nacional, el respeto y la garantía del goce de los derechos fundamentales y las libertades individuales, los derechos civiles y políticos y los derechos sociales y económicos. El deber de garantía del Estado para el goce de los derechos humanos se ejerce en conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto de los Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana de Derechos Humanos y los demás instrumentos internacionales de derechos humanos que obligan al Estado.
La estructura del Estado está integrada por tres poderes: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial.
El Poder Legislativo está conformado por el Congreso de la República, unicameral, integrado por 130 congresistas elegidos por sufragio universal por períodos de cinco años.
El Poder Ejecutivo está integrado por el presidente de la República, que es Jefe de Estado, y personifica a la nación. Se elige por sufragio universal directo por un período de cinco años, y con por lo menos la mitad de los votos emitidos; si ninguno de los candidatos obtiene la mayoría absoluta, se procede a una segunda vuelta electoral entre los dos que hayan obtenido las más altas votaciones relativas. Junto con el presidente de la República, son elegidos dos vicepresidentes bajo los mismos procedimientos, requisitos y términos. El presidente de la República no puede ser reelecto de manera inmediata. Gobierna a través del consejo de ministros. Nombra y remueve al presidente del consejo de ministros y, a propuesta de este, designa a los ministros de Estado.
El Poder Judicial es autónomo e independiente a través de su función jurisdiccional. El Ministerio Público es también autónomo.
El Perú es un país pluricultural y pluriétnico, por esa razón el Estado promueve la descentralización como un instrumento del desarrollo integral del país y de su diversidad.
La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país y actúa principalmente en las áreas de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura. Garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria.
La inversión extranjera se sujeta a las mismas reglas y condiciones de la inversión nacional.
La conservación de la diversidad biológica, de las áreas naturales protegidas y el uso sostenible de los recursos naturales, son una obligación estatal.
La vocación democrática del Estado peruano no solo está garantizada por el derecho interno a través de la Constitución de la República, sino por las obligaciones derivadas del derecho internacional en conformidad a las disposiciones de la Carta de la Organización de Estados Americanos y la Carta Democrática Interamericana, que son parte del derecho interno.